10/10/25

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIOR Y CULTO DE LA NACION.



SEGURAMENTE EL DEBE PENSAR QUE LA ORDEN DEL PRESIDENTE DE TURNO Y EL JEFE DE ESTADO MAYOR DE LA ARMADA, DEFINIERON COMO "AYUDA HUMANITARIA", SIN SABER QUE HACIAN LOS DOS BUQUES EN EL GOLFO PERSICO?

Y COMO SE RETIFICA ESTO, CUANDO CAMBIA LA FORMA, LA LOGISTICA DEL REAL COMBATE EN QUE NOS ENCONTRAMOS, ES MAS EN SEGUNDA LINEA DESPUES DE LOS PORTAAVIONES, QUIEN NOS DIRIGIO DESDE ARGENTINA NADIE... NI APUNTES TOMARON QUE HICIERON;

 EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DE LA NACION ARGENTINA:

El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Naci贸n Argentina, bajo la presidencia de Carlos Menem, jug贸 un papel fundamental en la decisi贸n de enviar buques de guerra al Golfo P茅rsico en 1991. Esta medida fue una parte clave de la pol铆tica exterior de "alineamiento con los Estados Unidos", con la cual Argentina buscaba restablecer relaciones de cooperaci贸n internacional y recuperar prestigio en el escenario global.

Acciones diplom谩ticas del MinisterioJustificaci贸n de la intervenci贸n: La Canciller铆a argentina argument贸 que la participaci贸n en la coalici贸n internacional, liderada por Estados Unidos y autorizada por la ONU, se basaba en el cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad que condenaban la invasi贸n iraqu铆 de Kuwait.
Alineamiento con Estados Unidos: 

El env铆o de la flotilla fue una se帽al de la reorientaci贸n de la pol铆tica exterior argentina. Abandonando el tradicional no alineamiento, el gobierno busc贸 un acercamiento a las potencias occidentales, especialmente a Estados Unidos, para obtener beneficios diplom谩ticos y econ贸micos.

Argumentos para la comunidad internacional: El ministerio justific贸 la acci贸n como una contribuci贸n al mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, actuando bajo el amparo del derecho internacional y en cooperaci贸n con las Naciones Unidas.
Ruptura de relaciones con Irak: 

La participaci贸n en la coalici贸n provoc贸 la ruptura de relaciones diplom谩ticas entre Argentina e Irak, un paso que la Canciller铆a gestion贸 como parte de su estrategia pol铆tica.

Implementaci贸n y coordinaci贸n con Defensa

Si bien la decisi贸n pol铆tica fue del Ministerio de Relaciones Exteriores, la coordinaci贸n militar y el despliegue de las fuerzas navales estuvieron a cargo del Ministerio de Defensa. La Armada Argentina envi贸 un destructor y una corbeta, que se unieron a la coalici贸n internacional en la operaci贸n "Escudo del Desierto".

Consecuencias y an谩lisis pol铆ticoDebate pol铆tico interno: La decisi贸n gener贸 un intenso debate en el pa铆s, con cr铆ticas de sectores que cuestionaban el abandono de la pol铆tica de no alineamiento y el riesgo de involucrar a Argentina en un conflicto lejano.
Evaluaci贸n de resultados: La participaci贸n permiti贸 a las Fuerzas Armadas argentinas establecer relaciones con fuerzas de otros pa铆ses, modernizando su rol tras los conflictos internos de la d茅cada de 1980.
Discusi贸n sobre los atentados: Algunos analistas han debatido si la participaci贸n en el Golfo tuvo relaci贸n con los atentados terroristas sufridos en Argentina durante los a帽os 90, aunque esta conexi贸n es controvertida y no hay consenso.

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El Art铆culo VII de la Carta de las Naciones Unidas no aborda la Guerra del Golfo de 1991, ni ning煤n otro conflicto espec铆fico, ya que solo establece los 贸rganos principales de la ONU. 

La confusi贸n se debe a que el Cap铆tulo VII de la Carta es el que faculta al Consejo de Seguridad a tomar medidas coercitivas para mantener la paz y la seguridad internacionales.

Durante la Guerra del Golfo, la ONU aplic贸 las facultades de este cap铆tulo, no del art铆culo VII. A continuaci贸n, se detallan las acciones relacionadas:

El Cap铆tulo VII y la Guerra del GolfoAutorizaci贸n de la fuerza: 

Tras la invasi贸n de Kuwait por Irak en 1990, el Consejo de Seguridad de la ONU aprob贸 la Resoluci贸n 678, que invocaba el Cap铆tulo VII. Esta resoluci贸n autoriz贸 a los Estados miembros a usar "todos los medios necesarios" para obligar a Irak a retirarse de Kuwait, tras un plazo de 45 d铆as.

Acciones coercitivas: La Resoluci贸n 678 permiti贸 a una coalici贸n militar internacional, liderada por Estados Unidos, intervenir militarmente para restaurar la paz y la seguridad en la regi贸n, lo cual ocurri贸 en 1991.

Precedente hist贸rico: Esta fue la primera vez, despu茅s del fin de la Guerra Fr铆a, que las grandes potencias actuaron de manera un谩nime para aplicar las disposiciones del Cap铆tulo VII, sin que se ejerciera el veto de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad.

Diferencia clave: Art铆culo VII vs. Cap铆tulo VII

Es importante distinguir entre ambos conceptos para entender el marco legal de la ONU:

Art铆culo VII: Describe la estructura de la organizaci贸n, enumerando sus 贸rganos principales: la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Econ贸mico y Social, el Consejo de Administraci贸n Fiduciaria, la Corte Internacional de Justicia y la Secretar铆a.


Cap铆tulo VII: Titulado "Acci贸n en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresi贸n" (Art铆culos 39 al 51), faculta al Consejo de Seguridad a tomar medidas coercitivas, como sanciones econ贸micas o el uso de la fuerza, para mantener o restablecer la paz internacional.

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