29/7/18

DERECHO INTERNACIONAL DE LOS CONFLICTOS ARMADOS....

VETERANOS DE AYER, DE HOY Y DE SIEMPRE

TE COMENTE EN EL POS ANTERIOR QUE EXISTE EL MANUAL (DICA), QUE ES UNA RECOPILACIÓN LEGISLATIVA QUE REGULA LAS ACTIVIDADES MILITARES DE LAS TRES FUERZAS ARMADAS EN EL MARCO DE UN CONFLICTO BÉLICO.

IGUALMENTE, Y HAY QUE SEÑALARLO, SE TRATA DE UNA ANOTACIONES POR EL MINISTERIO DE DEFENSA EN EL AÑO 2010 QUE NO OBSTA A LA ANTERIOR VIGENCIA DE LA LEGISLACIÓN QUE RECOPILA.

DE ESTE MODO Y HACIENDO UN ENTENDIMIENTO ARMÓNICO DE LOS CONVENIOS, PROTOCOLOS Y DECLARACIONES INTERNACIONALES QUE EL ESTADO NACIONAL, HA SUSCRITO EN EL MARCO DE LOS ARTS. 27 Y 31 DE LA CONSTITUCIÓN, REGLAMENTADOS POR LA LEY 23.379 Y QUE SE VEN COMPLETADOS POR LOS PACTOS DE DERECHOS HUMANOS QUE DESDE 1994 RECEPTA POR EL ART. 75 IN 22, NO HAY DUDAS DE LAS OPERATIVIDAD DE LOS DERECHOS DE QUIENES HA PARTICIPADOS EN EL CONFLICTO ARMADO Y EN ESPECIAL EN LO QUE FUE EL DEL GOLFO PÉRSICO.POR LO QUE LEÍ . FIRMADOS POR SR. PAMPURRO, NILDA GARRE EN NINGÚN MOMENTO HABLAN SI SOS VETERANOS O NO, TODO SE TRATA DE SALVAGUARDAR LOS DERECHOS DE LOS, CIVILES, NIÑOS, PRISIONEROS DE GUERRA ECT, ATACADOS EN FIN HECHO PARA ELLOS NO PARA NOSOTROS.






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