18/8/07

LEY N° 23.904/91

Sancionada: 24 de Enero de 1991
Promulgada: 31 de Enero de 1991

El Senado y Camara de Diputados de la Nacion Argentina reunidos en Congreso, etc.,sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°.-Autorizase al Poder Ejecutivo Nacional a que a partir de la fecha de vigencia de esta ley pueda disponer las medidas adecuadas para que, de conformidad con la solicitud formulada por el consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a todos los estado, contenida en el parrafo 3 de su Resolucion N° 678/90 adoptada el 29 de noviembre de 1990, la fuerza Argentina en el Golfo Pérsico preste el apoyo aproiado a las acciones que puderan emprenderse en aplicacion del parrafo 2 de la citada Resolucion, no pudiendo realizar las acciones bélicas directas a las que alude este último parrafo.
ARTICULO 2°.-El poder Ejecutivo Nacional informará al Congreso de la Nacion de las medidas que adopte en virtud de la presente Ley.
ARTICULO 3°.-Comuniquese al Poder Ejecutivo Nacional.

ALBERTO R. PIERRI - EDUARDO A. DUHALDE - JUAN ESTRADA - HOGO R FLOMBAUM

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